Close
Skip to content

Extranjería

Solicitud y trámite de Permisos de Trabajo y Residencia.

  • Solicitud y trámite de Tarjetas de Estudiantes.
  • Solicitud y trámite de Expedientes de Nacionalidad Española.
  • Modificaciones de Permisos.
  • Solicitud y trámite de Permisos Excepcionales (Arraigo).
  • Renovación de Permisos (Trabajo, Residencia, Comunitarios, etc…).
  • Solicitud de Exención de Visado.
  • Procedimientos de Asilo y Refugio.
  • Homologación de títulos universitarios.
  • Prórrogas de Estancia.
  • Cartas de Invitación y otros documentos notariales.
  • Autorizaciones de regreso.
  • Expedientes de matrimonio ante el Registro Civil.
  • Solicitud y trámite de expedientes de reagrupación familiar.
  • Apostilla de documentos oficiales.
  • Empadronamientos y otras inscripciones (parejas de hecho).
  • Solicitud asistencia sanitaria.
  • Arraigo social, laboral o familiar.

Residencial Temporal

La residencia temporal permite al ciudadano extranjero residir de forma legal en España, por un periodo de tiempo que puede ir entre los tres meses a los cinco años.

Residencia Definitiva

El reconocimiento de la situación de residencia permanente le autorizará a residir en España de forma indefinida y trabajar en igualdad de condiciones que los españoles.

  1. Haber residido legalmente y de forma continuada en España durante cinco años.
  2. Si es residente beneficiario de pensión contributiva española de jubilación, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  3. Si es nacido en España con residencia legal durante 3 años consecutivos inmediatamente antes de su mayoría de edad.
  4. Si es español de origen y ha perdido la nacionalidad española.
  5. Si ha estado tutelado por una entidad pública española durante los 5 años anteriores a la mayoría de edad.
  6. Si ha contribuido de forma notoria al progreso de España, reconocido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.