Extranjería
Solicitud y trámite de Permisos de Trabajo y Residencia.
- Solicitud y trámite de Tarjetas de Estudiantes.
- Solicitud y trámite de Expedientes de Nacionalidad Española.
- Modificaciones de Permisos.
- Solicitud y trámite de Permisos Excepcionales (Arraigo).
- Renovación de Permisos (Trabajo, Residencia, Comunitarios, etc…).
- Solicitud de Exención de Visado.
- Procedimientos de Asilo y Refugio.
- Homologación de títulos universitarios.
- Prórrogas de Estancia.
- Cartas de Invitación y otros documentos notariales.
- Autorizaciones de regreso.
- Expedientes de matrimonio ante el Registro Civil.
- Solicitud y trámite de expedientes de reagrupación familiar.
- Apostilla de documentos oficiales.
- Empadronamientos y otras inscripciones (parejas de hecho).
- Solicitud asistencia sanitaria.
- Arraigo social, laboral o familiar.
Residencial Temporal
La residencia temporal permite al ciudadano extranjero residir de forma legal en España, por un periodo de tiempo que puede ir entre los tres meses a los cinco años.
Residencia Definitiva
El reconocimiento de la situación de residencia permanente le autorizará a residir en España de forma indefinida y trabajar en igualdad de condiciones que los españoles.
- Haber residido legalmente y de forma continuada en España durante cinco años.
- Si es residente beneficiario de pensión contributiva española de jubilación, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Si es nacido en España con residencia legal durante 3 años consecutivos inmediatamente antes de su mayoría de edad.
- Si es español de origen y ha perdido la nacionalidad española.
- Si ha estado tutelado por una entidad pública española durante los 5 años anteriores a la mayoría de edad.
- Si ha contribuido de forma notoria al progreso de España, reconocido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.